SEGUIMOS ADELANTE CON CRISTINA Y VAMOS POR LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL


Y a pesar de los monopolios informáticos que desde hace más de un año intentan desestabilizar al gobierno desde la televisión (a propósito, puede ser que Carrio esté en TN TODAS LAS PUTAS NOCHES?) Cristina manda la nueva ley de radiodifusión.

Abajo los cambios propuestos según los publica P12.

Es de esperar que salga la oposición berreta y sin ideas a querer destruir el proyecto, y más atrás la izquierda inútil a oponerse a las modificaciones porque simplemente creen que el sentido de la vida es oponerse a todo. Pero contra todos, Cristina Fernández sigue adelante. Y ya van las AFJP, Aerolíneas, las movilidad jubilatoria, las leyes de protección de empleo, y ahora las comunicaciones. Mientras tanto, la televisión, la oposición, las estrellas de la farándula y los rabinos juntaron 3 mil personas en la plaza. Vayan preparándose porque se van a dar un golpazo en las urnas cuando deban aceptar que aunque estén todas las noches en la televisión erigiéndose en oposición virtual, el pueblo que no es estúpido como muchos quisieran le dará la espalda a toda la lacra opositora rejuntada y revivida (miro sin poder creer a Ruckauf en C26!)

Orgullo, orgullo siento de ser argentina y de apoyar al gobierno nacional. FUERZA CRISTINA!


Los cambios que introduce el proyecto de ley

La propuesta de proyecto de ley de la democracia llamada de Servicios de Comunicación Audiovisual propone cambios sustanciales a la ley de la dictadura (Ley 22.285), que llevaba las firmas del ex dictador Jorge Videla, el ex ministro de Economía José Martínez de Hoz y el ex ministro del Interior Albano Harguindeguy.
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El nuevo proyecto responde a los avances tecnológicos de los últimos 30 años y democratiza el acceso a la información definido como "derecho universal" en concordancia con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

A continuación, un cuadro comparativo sobre los principales puntos entre la ley de la dictadura y el proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA).

OBJETO DE LA REGULACIÓN

Ley 22.285: Únicamente se regulan los servicios abiertos (radio y TV) y los sistemas complementarios más antiguos, como Antenas Comunitarias.

Ley SCA: El objeto de la iniciativa es otorgar marco legal a todos los Servicios de Comunicación Audiovisual independientemente del soporte técnico utilizado para su transmisión. El libre acceso a las nuevas tecnologías permitirá el establecimiento de garantías destinadas a proteger el pluralismo y la diversidad de todas las producciones audiovisuales.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Ley 22.285: Está limitada por las necesidades de la Seguridad Nacional. La ley actual admite restricciones a la Libertad de Expresión basadas en este motivo.

Ley SCA: Se garantiza el derecho humano universal al derecho a la información y a la libertad de expresión como lo prevé el 13 de la Convención Americana sobre Derechos humanos, que implica el derecho a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones. Los tratados de Derechos Humanos son una pieza fundamental del espíritu de esta propuesta.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Ley 22.285: El organismo que regula la Radio y la TV está integrado por militares, servicios de inteligencia y empresarios.

SCA: El organismo que regulará los Servicios de Comunicación Audiovisual será dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional. Se establecerá un Consejo Multisectorial y Participativo integrado por representantes de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores del sector, etc.

LICENCIATARIOS

Ley 22.285: La radiodifusión sólo se podía ejercer como actividad con fines de lucro. Las modificaciones operadas durante la década de los 90

Ley SCA: Se permitirá el acceso a las entidades sin fines de lucro. Se reservará con carácter inderogable, el 33% del espectro para las personas jurídicas sin fines de lucro tales como, asociaciones, fundaciones, mutuales, etc.

MONOPOLIOS Y OLIGOPOLIOS

Ley 22.285: Se admiten los monopolios y los oligopolios de medios. El Estado tiene una participación subsidiaria, ya que sólo puede dar servicio en áreas geográficas no rentables para los privados.

Ley SCA: Se impedirá la formación de monopolios y oligopolios. Se promoverá el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual. El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Municipios tendrán asignadas frecuencias.

MEDIOS PÚBLICOS

Ley 22.285: Solo se prevé su condición subsidiaria. Las Universidades deben ser titulares de licencias por explotación comercial en TV. Solo se preveía a ATC como empresa comercial.

Ley SCA: Se permitirá que las Universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales. Se propondrá un sistema de medios estatales con objetivos democráticos, con participación y control comunitario y social.

CONTROL PARLAMENTARIO

Ley 22.285: No está previsto ningún control por parte del Congreso de la Nación.

Ley SCA: El control del Congreso de la Nación estará previsto para evaluar el funcionamiento de la Autoridad de Aplicación, de los medios públicos y el desempeño del Defensor del Público. Para ello se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de los Servicios de Comunicación Audiovisual.

MULTIPLICIDAD DE LICENCIAS EN SERVICIOS ABIERTOS

Ley 22.285: Permite que una sola persona sea titular de 24 licencias de servicios abiertos (radio y TV).

Ley SCA: Sólo se podrán tener 10 licencias de servicios abiertos.

MULTIPLICIDAD DE LICENCIAS EN SISTEMAS POR SUSCRIPCIÓN

Ley 22.285: Los sistemas de TV paga no tienen limitaciones en relación a las licencias que puede poseer una misma persona, siempre que no estén en la misma zona de cobertura. Esto facilita la formación de monopolios.

Ley SCA: Las licencias de TV paga estarán limitadas en número y en cuotas de mercado.

PLAZO DE LICENCIAS

Ley 22.285: Las licencias duran 15 años y se pueden prorrogar por 10 años más.

Ley SCA: Las licencias durarán 10 años y se podrán prorrogar 10 por años más, previa realización de Audiencias Públicas.

REQUISITOS PARA SER TITULAR DE UNA LICENCIA

Ley 22.285: Se exigen requisitos personales basados en la posesión de riqueza y preferencia de aspectos patrimoniales.

Ley SCA: Para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Se excluirá de la posibilidad de ser titular a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática.

TRANSPARENCIA DE LA TITULARIDAD DE LAS LICENCIAS

Ley 22.285: Esta ley posibilita que mediante la utilización de sociedades por acciones, se esconda la verdadera titularidad de las licencias.

Ley SCA; Se promoverá un régimen de transparencia de titularidad de propiedad de las licencias.

CONTENIDOS DE INTERÉS PUBLICO

Ley 22.285: Se permite la codificación de las transmisiones deportivas, impidiendo el acceso abierto a la mayoría de la población.

Ley SCA: Este proyecto prevé que los partidos de fútbol relevantes podrán verse por TV abierta.

MEDIOS DE PROPIEDAD SOCIAL

Ley 22.285: No están previstos.

SCA: Se promoverá la regularización de medios comunitarios, que han estado excluidos durante décadas.

COOPERATIVAS

Ley 22.285: Su participación estuvo prohibida hasta el año 2005. Actualmente pueden participar en forma restringida.

Ley SCA: Se establecerá un régimen abierto de participación para las cooperativas. También se implementarán medidas tendientes a evitar abusos de posición dominante.

CINE NACIONAL

Ley 22.285: No está previsto.

Ley SCA: Se establecerá una Cuota de Pantalla de Cine Nacional, como lo han hecho países como Francia o Brasil.

NO ME GUSTA EL "DIA DE LA MUJER"


Muchos dirán que estoy en contra de todo, pero no me gusta nada nada el Dia de la Mujer. Me suena a premio consuelo, a palmadita en la espalda, a regalito de jefe en el dia de la secretaria. Para empezar me parece sospechoso que no haya Dia del Hombre y y haya Dia de la Mujer. Será porque evidentemente el hombre sabe que es SU mundo y como tal no necesita SU dia. Todos los días le pertenecen.

No me malentiendan, comprendo que la intención es buena, agradezco los saludos y de última todo intento de validar la igualdad de género es bienvenida, pero no me dan ganas de festejar el dia de la mujer.

Quizás un día seamos las mujeres en todo el mundo las que podamos decidir si queremos o no someternos al yugo de la maternidad en nombre de la preservación de la especie y no serán los machos los que decidan si es legal o no abortar. También quizás habrá un día en el que recibiremos igual remuneración por igual trabajo. Y habrá un día en el que en Argentina no serán mujeres en bolas las que les den a los machos el programa de mayor rating. O también un día en el que las mujeres comprenderán que no es necesario pasar por el cuchillo o arriesgar al vida por un par de tetas para agradar al macho patriarcal. Y un día en el que serán socialmente inaceptables publicidades como la de Sprite Zero en donde se nos dice sin vueltas que nos encanta que nos digan groserías en las calles y que precisamente para eso vamos al gimnasio. Y tampoco habrá comerciales llenos de mujeres cuya fuente de felicidad es el aroma del jabón en polvo y el brillo de los pisos recién lavados. Quizás un día las mujeres veremos que el machismo está tan arraigado en los hombres como en las propias mujeres que siguen los mandatos sociales sin cuestionamientos y en sectores de nuestro país hasta personifican un odio irracional hacia la Presidenta de la Nación anclado puramente en un principio machista de que una mujer no puede conducir a un país.

Quizás en esos días nos acercaremos a la verdadera liberación y ahi entonces, compañeros y compañeras, ahi si voy a festejar. Hasta entonces lo único que digo es AGUANTE CRISTINA.

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